La Seguridad Social en México está prevista en el
Artículo 123 Constitucional, en el apartado "A" fracción XXIX y en el
"B" fracción XI, que establece lo siguiente:
Artículo 123
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y
socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la
organización social para el trabajo, conforme a la Ley.
El Congreso de la Unión, sin contravenir a las
bases siguientes, deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:
A.- Entre los obreros, jornaleros, empleados
domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo:
XXIX.- Es de utilidad pública la Ley del Seguro
Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación
involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de
guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los
trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus
familiares;
B.- Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del
Distrito Federal y sus trabajadores:
XI.- La seguridad social se organizará conforme a
las siguientes bases mínimas:
a).- Cubrirá los accidentes y enfermedades
profesionales; las enfermedades no profesionales y maternidad; y la jubilación,
la invalidez, vejez y muerte.
b).- En caso de accidente o enfermedad, se
conservará el derecho al trabajo por el tiempo que determine la ley.
c).- Las mujeres durante el embarazo no realizarán
trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su
salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un mes de descanso
antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otros dos después
del mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los
derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de
lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada
uno, para alimentar a sus hijos. Además, disfrutarán de asistencia médica y
obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de
guarderías infantiles.
d).- Los familiares de los trabajadores tendrán
derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y en la proporción que
determine la ley.
e).- Se establecerán centros para vacaciones y para
recuperación, así como tiendas económicas para beneficio de los trabajadores y
sus familiares.
f).- Se proporcionarán a los trabajadores
habitaciones baratas, en arrendamiento o venta, conforme a los programas
previamente aprobados.
Además, el Estado mediante las aportaciones que
haga, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir
depósitos en favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de
financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que
adquieran en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o bien para
construirlas, repararlas, mejorarlas o pagar pasivos adquiridos por estos
conceptos.
Las aportaciones que se hagan a dicho fondo serán
enteradas al organismo encargado de la seguridad social regulándose en su Ley y
en las que corresponda, la forma y el procedimiento conforme a los cuales se
administrará el citado fondo y se otorgarán y adjudicarán los créditos
respectivos.
Artículo 2 Ley del Seguro Social.
"La seguridad social tiene por finalidad garantizar
el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de
subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y
colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo
cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado."
Ni la Independencia, ni la Reforma pudieron abarcar
el area de la Seguridad Social de los trabajadores y de sus familias, ya que
tenían jornadas laborales que rebasaban las 14 horas, las conocidas de Sol a
Sol, sin derecho a lo que estamos acostumbrados a ver hoy en día.
"(...)Con el estallido de la Revolución Mexicana
(1910-1917) surgieron algunos servicios médicos como la Cruz Blanca y la Cruz
Roja. En la segunda década de este siglo, tanto las instalaciones hospitalarias
como los servicios de asistencia médica eran tan precarios y deficientes. La
revolución mexicana fue un clamor popular que exigía la reinvidicación de las
clases desprotegidas, principalmente campesinos y obreros"
Cabe mencionar que la IMSS en sus antecedentes solo
reconoce dos legislaciones; la del estado de México de 1904 y la de Nuevo León
de 1906.
La Constitución del 1917, sirve como eje para
conocer la evolución del instituto, he de ahí su importancia, como la sita
ORTIZ Escobar, Jorge:
"El 23 de Enero de 1917, en la 57ª sesión
ordinaria del Constituyente de Querétaro, se leyó el dictamen, entre otras
cosas de la fracción XXIX del Artículo 123 Constitucional en la que "se
considera de utilidad social: el establecimiento de caja de seguros populares,
de invalidez, de vida, de cesación voluntaria del trabajo, de accidentes y de
otros fines análogos, por lo cual, tanto el gobierno federal como el de cada
estado, deberán fomentar la organización de instituciones de esta índole para
infundir e in calcular la previsión popular" se trata de un seguro
Potestativo"
De hay podemos señalar un proceso de constante
trabajo legislativo, desde la llegada de Emilio Portes Gil Presidente
Provisional, donde dejan sin efectos las leyes locales del trabajo de 1904 a 1929,
dictaminando que son de materia federal, de hay tenemos las leyes que surgieron
después de la constitución hasta antes de la primera Ley del Seguro Social:
1.El Código
de Trabajo de Yucatán trata de la Seguridad Social en 1918.
2.El
proyecto de Ley del Trabajo para el Distrito Federal y territorios federales
proponía el establecimiento de cajas de ahorro como ayuda para los obreros
casados.
3.Puebla
promulgó su Código de Trabajo el 14 de Noviembre de 1921.
4.Campeche
publicó su Código de Trabajo el 30 de Noviembre de 1924.
5.Las Leyes
de Trabajo de Tamaulipas y Veracruz de 1925.
6. Proyecto
de la Primera Ley Reglamentaria del Artículo 123 de la Constitución.
A finales de
1925 se presentó una iniciativa de Ley sobre Accidentes de Trabajo y
Enfermedades Profesionales. En ella se disponía la creación de un Instituto
Nacional de Seguros Sociales, de administración tripartita pero cuya
integración económica habría de corresponder exclusivamente al sector patronal.
También se definía con precisión la responsabilidad
de los empresarios en los accidentes de trabajo y se determinaba el monto y la
forma de pago de las indemnizaciones correspondientes. La iniciativa de seguro
obrero suscito la inconformidad de los empleadores que no estaban de acuerdo en
ser los únicos contribuyentes a su sostenimiento y consideraban también que
otros sectores deberían de aportar.
7.Primer
Proyecto de Ley del Seguro Social de 1925.
8.Ley del
Trabajo de Aguascalientes de 1928.
9.Proyecto
del Código Federal del Trabajo, que contenía un capítulo referentes al Seguro
Social.
En 1929 el congreso de la Unión modificó la
fracción XXIX del Artículo 123 Constitucional para establecer que "se
considera de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social y ella
comprenderá seguros de Invalidez, de Vida, de Cesación Involuntaria del
Trabajo, de Enfermedades y Accidentes y otros con fines análogos." Con
todo, habrían que pasar quince años para que la ley se hiciera realidad.
Anteriormente se había comentado que se quedaron
sin efectos las leyes de trabajos de los estado para volverse materia federal,
el decreto fue del 6 de Septiembre de 1929 en el Diario Oficial de la
Federación.
En 1935 e presidente Lázaro Cárdenas envió a los
legisladores un proyecto de Ley del Seguro Social, en la cual se encomendaban
la prestación del servicio a un Instituto de Seguros Sociales, con aportaciones
y administración tripartita, que incorporaba a todos los asalariados, tanto
industriales como agrícolas.
Sin embargo, se consideró el proyecto requería
estudios posteriores. Por encargo del mismo presidente, se elaboro un nuevo
proyecto que resumía la experiencia de los anteriores. Su principal autor fue
titular de la Secretaría de Gobernación. Lic. Ignacio García Téllez.
El proyecto de Téllez se refería a la creación de
un Instituto de Seguro Sociales, de aportación tripartita, que incluía al
Estado, a los trabajadores asegurados y a sus patrones y que "cubriría o
prevendría los siguientes riesgos sociales: enfermedades profesionales y
accidentes de trabajo, enfermedades no profesionales y maternidad, vejez e
invalidez y desocupación voluntaria."
Proba el proyecto por un consejo de ministros, fue
enviado a la Cámara de Diputados de Diciembre de 1938. Pero tampoco pudo llegar
más adelante pues a los legisladores les pareció conveniente que se elaborará
un documento más completo fundamentado en estudios actuariales. Por otra parte,
la situación del momento de fuerte crisis provocada por la expropiación
petrolera, exigía promover antes que nada la unidad nacional.
Por otra parte, a partir de 1939 la situación de
guerra motivó muchas inquietudes por encontrar soluciones a los problemas de
desigualdad económica y social. Uno de los puntos de acuerdo de los firmantes
de la Carta del Atlántico fue que, una vez derrotadas las potencias
nazifacistas había que lanzarse a la búsqueda de instituciones tanto nacionales
como internacionales que procuran, aparte de la paz y tranquilidad mundiales
"la seguridad de que todos los hombres de todos los países pudieran vivir
libres tanto de temores como de necesidades."
Por lo anterior, hacia 1942 confluían todas las
circunstancias favorables para que finalmente pudiera implantarse, en México el
Seguro Social. El interés del presidente Ávila Camacho por las cuestiones
laborales ya se había manifestado desde el mismo día que asumió la presidencia
de la republica.
Cuando anuncio la creación de la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social y recomendó a quien fuera Secretario de Gobernación
del régimen anterior. Atendiendo la tónica del momento, la función inicial de
la naciente dependencia fue limar las asperezas y procurar la conciliación
obrero-patronal.
En diciembre del mismo año se envió a las Cámaras
la iniciativa de Ley, proponiendo como suprema justificación, que se cumpliría
así como uno de los más caros ideales de la Revolución Mexicana. Se trataba de
"proteger a los trabajadores y asegurar su existencia, su salario su
capacidad productiva y la tranquilidad de su familia; contribuir al
cumplimiento del deber legal, de compromisos exteriores y de promesas
gubernamentales".
El Congreso aprobó la Iniciativa y el 19 de Enero
de 1943 sé público en el Diario Oficial de la Federación la "Ley del
Seguro Social."
Ahí se determina, desde los artículos iniciales,
que la finalidad de la seguridad social es garantizar el derecho humano a la
salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los
servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.
Como instrumento básico de la seguridad social
establece el Seguro Social y para administrarlo y organizarlo, se decreta la
creación de un organismo público descentralizado, con personalidad y patrimonio
propios, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social.
Ampliar las perspectivas; A partir de 1970 hay un
giro importante en la manera de entender la realidad nacional; se percibe la
necesidad de hacer extensivos a toda la población los frutos del desarrollo
económico logrado por el país.
El Seguro Social se entiende como una de las
instituciones más eficaces para construir la justicia social entre los
mexicanos y se busca favorecer su expansión y consolidar su funcionamiento.
Durante 1972 se iniciaron los estudios para
realizar múltiples e importantes adiciones a la Ley del Seguro Social; fueron a
probadas por el Congreso de la Unión y publicadas en 1973.
La nueva ley ampliaba los beneficios del régimen
obligatorio, extendía la seguridad social a los ejidatarios, comuneros y
pequeños propietarios organizados e implantaba el ramo de guarderías en toda la
republica.
El rasgo más transcendente de esta ley fue la más
clara intención de que el Seguro Social no se quedara en una mera instancia de
justicia laboral sino que, en la medida de las posibilidades, tendería a
construir una "seguridad social integral". En estos términos se
entiende la facultad otorgada al IMSS, de extender su acción a poblaciones
marginadas, sin capacidad de pagar cuota alguna.
Así comenzó a operar el Programa Nacional de
Solidaridad Social por Cooperación Comunitaria, en 1979, en el Programa
IMSS-Coplamar por Cooperación Comunitaria y, al desparecer el organismo
Coplamar, tomó el nombre que lleva hasta la fecha: Programa IMSS-Solidaridad.
En 1982 y en años posteriores, el Instituto siguió
avanzando para lograr que la totalidad de la población con una relación formal
de trabajo se incorporará al sistema de seguridad social.
Las crisis económicas de los últimos tiempos han
afectado seriamente la situación financiera y, por consiguiente, la
operatividad de la institución. Durante todo el año de 1995 se realizó un
profundo proceso de auto-examen para detectar todo aquello que dejó de ser
funcional y buscar con la colaboración de los involucrados y de la población en
general, la solución de los problemas de fondo.
De este proceso surgió la iniciativa de una Nueva
Ley del Seguro Social, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el
Diario Oficial de la Federación en diciembre del mismo año 1996. la Nueva Ley
entre otras cosas modifica radicalmente el sistema de pensiones para asegurar
su viabilidad financiera y una mayor equidad en el mediano y largo plazos.
En 1996 el Gobierno Mexicano promulgó la Ley de los
Sistemas de Ahorro para el Retiro y preparó el marco jurídico para la operación
en México de empresas privadas que administren los fondos de pensiones de los
trabajadores.
Beneficios del nuevo sistema
•Cada
trabajador tiene su cuenta individual.
•El gobierno
aporta una cuota social.
•El
trabajador recibirá su estado de cuenta en su domicilio.
•Se
garantiza una pensión mínima.
•El
trabajador elige su Afore.
•El
trabajador decide la Siefore que más le convenga.
Propósito del ahorro para el retiro
1.Incrementar el ahorro interno del país para
financiar mayor inversión y llevar la economía a una fase de crecimiento
sostenido.
2.Mejorar la
situación económica de los trabajadores en su retiro.
3.Dar acceso
a los trabajaores a instrumentos financieros de ahorro.
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